Economía

Economía ofrece $221.119 millones en bonos por certificados impagos

La adhesión al régimen de cancelación con LECAP y BONCAP vence el 23 de julio y exige renunciar a reclamos contra el Estado.

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Sede del Ministerio de Economía en Buenos Aires. Foto: Wikimedia Commons (dominio público).
Sede del Ministerio de Economía en Buenos Aires. Foto: Wikimedia Commons (dominio público).

El Gobierno nacional puso en marcha un régimen para cancelar certificados de obra, acopio y redeterminaciones con títulos públicos, no con caja. El cupo máximo es de $221.119.509.519. La Resolución 1/2026 de la Secretaría de Coordinación de Infraestructura, publicada el 2 de julio en el Boletín Oficial, creó el Régimen Simplificado de Extinción de Obligaciones de Contratos de Obra Pública. La Resolución 2/2026, publicada el 17 de julio, prorrogó el plazo de adhesión hasta el 23 de julio de 2026 inclusive, sin cambiar el cupo ni el resto de condiciones. Para una constructora con certificados nacionales trabados, la decisión de esta semana no es de diagnóstico: es entrar o no a un canje voluntario con cupo limitado y con renuncia a reclamos.

Pueden adherir contratistas de contratos de obra pública bajo la ley 13.064 y de obras con financiamiento de organismos multilaterales, ejecutados en el ámbito de la Secretaría de Obras Públicas o de la Secretaría de Transporte (incluido organismos descentralizados de esas órbitas). Entran certificados de obra, acopio de materiales y redeterminación de precios devengados entre el 1 de enero de 2022 y el 31 de diciembre de 2025, y obligaciones pendientes de contratos extinguidos a partir de 2024.

Cómo se cobra y qué se resigna

La cancelación se hace con una canasta de tres títulos en pesos, valuados a valor técnico del día hábil anterior a la entrega: 33% en LECAP S30O6 (vence el 30 de octubre de 2026), 33% en BONCAP T15E7 (vence el 15 de enero de 2027) y 34% en BONCAP T30A7 (vence el 30 de abril de 2027). El cupo es global: se agota por orden de presentación. La solicitud va por Trámites a Distancia, con el modelo del Anexo I de la Resolución 1/2026. Tras adherir, el contratista tiene diez días hábiles para presentar la liquidación de acreencias, con documentación de respaldo e intereses por mora imputable al Estado.

El acta acuerdo exige, como mínimo, aceptar el pago en títulos, desistir de reclamos administrativos o judiciales contra el Estado Nacional en el marco de ese contrato, y renunciar a créditos o reclamos ligados al contrato, incluso por cambio de la ecuación económico-financiera derivado de esta modalidad de pago. La Sindicatura General de la Nación interviene en el circuito. Quien necesita liquidez inmediata puede preferir el canje; quien estima que el crédito supera al cupo o no quiere cerrar la vía judicial, puede quedar afuera.

Qué mirar antes de adherir

El cupo oficial de $221.119 millones no es el techo del reclamo del sector. Relevamientos de la Cámara Argentina de la Construcción entre socios ubicaron la deuda por certificados en torno a $400.000 millones; esa cifra es de la cámara, no del Estado. Si tu exposición a certificados nacionales 2022-2025 o a contratos extinguidos desde 2024 es material, conviene liquidar hoy qué entra en el régimen, qué queda fuera y qué costo tiene resignar reclamos a cambio de LECAP y BONCAP. La ventana de adhesión cierra el 23 de julio inclusive.